
Curso Taller Notaría y Conservador de Bienes Raíces

INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO PROGRAMÁTICO
Lo primero que debemos saber es cómo está estructurado el poder judicial en chile, por lo que a continuación se recomienda al alumno el siguiente vídeo explicativo. (fuente poder judicial tv)
- Entonces si nosotros quisiéramos convertirnos en asistente de profesionales del área debemos saber cuáles son las atribuciones de este poder del estado, en el cual nosotros nos veremos inmersos en atención a nuestra prestación de servicios, para estos profesionales del derecho como sus asistentes y / o procuradores.
Nota: Es importante que el alumno sepa diferenciar cuáles son los juzgados correspondientes que dependen del poder judicial.
Es necesario conocer sobre el Sistema Procesal penal en Chile a continuación un siguiente vídeo del profesor Astudillo quién nos explica de manera didáctica el cómo de la ejecución de este sistema y su funcionamiento.
De los vídeos anteriores es muy importante añadir lo siguiente; Cada vez que asistimos a estos profesionales del derecho debemos distinguir en qué materia estamos procurando y tramitando nuestro trabajo y en qué tribunal corresponde presentar documentación o subir archivos que nos índica el profesional a cargo. Recordemos que un asistente y tramitador de todo documento público o privado, a su vez debemos saber diferenciar en qué institución o entidad debémos presentar y/o tramitar dichos documentos.
Por ejemplo si debemos redactar el mandato de patrocinio de poder que el cliente otorga al abogado a cargo, nosotros debemos considerar lo siguiente en el momento de la redacción:
- Redactar el documento con el nombre del cliente como mandante y el nombre, profesión del mandante que será el "Abogado de la causa correspondiente" este mandato puede ser por escritura pública o privada, sin perjuicio de qué debemos considerar que al presentar el primer oficio que es la presentación de la demanda se debe acompañar este " Patrocinio y Poder y además acreditar la calidad de abogado del profesional a cargo. Nuestra labor será redactar, atender al cliente, comparecer a la firma del mandatario y luego subir el escrito al poder judicial si lo requiere o presentarlo personalmente según sea el caso en el tribunal respectivo.
REDACCIÓN DE DOCUMENTOS
IMPORTANTE : CONSIDERAR QUE EN LA ACTUALIDAD LA LEY 20.886 - "DICE RELACIÓN CON LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA" LO QUE SIGNIFICA QUE ESTE PROCEDIMIENTO HOY EN SU MAYORÍA SE REALIZA DE MANERA DIGITAL, TODO LO QUE DICE RELACIÓN CON: LA PRESENTACIÓN DE ESCRITOS Y DEMANDAS SE HACEN DE MANERA ONLINE EN LA PÁGINA DEL PODER JUDICIAL "OFICINA VIRTUAL".
Anexo complementario : https://www.poderjudicial.cl
Sobre la supremacía de la ley; toda norma esta estructura bajo una jerarquía es muy importante conocer como tramitador y asistente de profesionales del derecho la ley chilena.
ORDENAMIENTO JURÍDICO

En la imagen podemos apreciar el orden jurídico y la supremacía de la ley en chile, es decir el orden de prelación y su supremacía desde la norma fundamental de la actual constitución hasta las ordenanzas municipales.
Norma jurídica relevante para el proceso de redacción y presentación de documentos legales y tramitación de juicios es la Ley 20.886.
Descarga archivo digital
¿Qué es un mandato judicial?
- Es aquel documento que acredita la representación judicial y la comparecencia en juicio del representante y/o asesor legal quién si o sí, debe acreditar su calidad de abogado ante el tribunal respectivo.
- ¿Cómo se otorga un mandato judicial? El mandato judicial será otorgado en escritura pública o en escrito presentado y ratificado, por el otorgante ante el juez de los autos. Si el juez no conoce al otorgante exigirá testigos de identificación. La substitución del mandato judicial se hará en la misma forma que su otorgamiento (Artículo 2587).
IMPORTANTE : Código Civil - Reglamenta la estructura del mandato y representación las partes.

Veamos cómo es un mandato general y cómo debemos redactarlo :
Primero diferencia quién es el mandante y quién es el mandatario.El mandante siempre será la persona que otorga el poder sobre el otro o la facultada de representación.El mandatario en cambio será la persona que recibe este mandato y la autoridad, para ser el representante del otro.
Nota: Ya vimos anteriormente el mandato judicial que será el cuál el representante legal tendrá para comparecer en juicio. A continuación veamos cómo está estructurado un mandato simple y general.
Descarga archivo digital - Modelo de mandato general - administración de bienes y otros
TAREA
Ejercicio de redacción :
A continuación ingresa al siguiente enlace y realiza el siguiente ejercicio:
- Redacta un mandato simple con tus propias palabras dónde tú seas el mandante y tú compañero(a) a elección sea tu mandatario.
- Tema mandato para representarlo en "La Venta de una Propiedad" ( la idea es diferenciar a las partes)
MATERIAL AUDIOVISUAL ¿ En qué consiste el trabajo de una notaría? - (fuente poder judicial)
MATERIAL AUDIOVISUAL ¿ En qué consiste la labor de un conservador? - (fuente poder judicial)
Ejemplo de Inscripción de herencia - C.B.R.
Posesión efectiva sin testamento
Describe cómo disponer de los bienes y deudas de una persona fallecida si ésta no ha dejado un testamento escrito.(fuente B.C.N)
¿Qué es la posesión efectiva?
¿Quiénes se consideran herederos?
- Primer orden: los hijos, el cónyuge o el conviviente civil que lo sobrevive. El conviviente civil es la pareja del mismo o distinto sexo con la que la persona fallecida haya firmado un acuerdo de unión civil.
En el caso de haber fallecido algún hijo del testador, heredan en su lugar los hijos de éste, es decir, los nietos del fallecido. - Segundo orden: si no tiene descendientes, heredan los padres u otros ascendientes más próximos y el cónyuge o conviviente civil que lo sobrevive. En caso de faltar el padre, la madre y el cónyuge o conviviente civil sobreviviente, son herederos los abuelos que estén vivos. En caso de estar fallecidos todos los abuelos, son herederos los bisabuelos vivos.
- Tercer orden: si faltan los anteriores, heredan los hermanos, sean por parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos. En caso de estar fallecido alguno de los hermanos, heredan en su lugar los hijos de ese hermano fallecido, es decir, los sobrinos del causante.
- Cuarto orden: en caso de faltar todos los anteriores, heredan los colaterales más próximos, es decir, los parientes consanguíneos que, descendiendo de un tronco común, no son ascendientes ni descendientes del causante. En primer lugar están los tíos. En caso de no existir ningún tío vivo, heredan los primos de la persona fallecida.
- Quinto orden: A falta de todos los herederos abintestato señalados sucederá el Fisco.
¿Quiénes no pueden ser herederos?
¿Se heredan las deudas de los familiares fallecidos?
¿Dónde se hacen los trámites de posesión efectiva?
¿Cómo se hace la solicitud?
- Los datos del causante (la persona fallecida), del solicitante y de los herederos.
- La declaración del Inventario Valorado de los Bienes del causante.
- La declaración de estar afectas o exentas de impuestos a la herencia las asignaciones de los herederos.
Luego la tramitación quedará en manos de la Dirección Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la cual dependa la oficina donde se presentó el interesado. Finalmente el Director Regional resolverá si se concede o rechaza la posesión efectiva, según si se ha cumplido o no con todos los requisitos establecidos.
¿Qué es un Inventario Valorado de Bienes?
¿Qué otros documentos hay que presentar?
- Cuando existan herederos cuyo nacimiento no se encuentre inscrito en Chile, se deberá acompañar la documentación que acredite tal calidad, debidamente legalizada y traducida.
- En el caso de que el solicitante se haga representar por un tercero, se debe adjuntar el respectivo poder notarial para su verificación por parte del Registro Civil.
- En el caso de un heredero que vende sus derechos a otro heredero o a un tercero (cesión de derechos hereditarios), se debe adjuntar el respectivo contrato de cesión.
- Cuando existan deudas, éstas deben acreditarse.
¿Cuánto hay que pagar por la tramitación?
El precio depende del valor total de los bienes dejados por el causante y de los cuales se solicita la posesión efectiva.
- Valor total del Inventario Valorado de los Bienes igual o inferior a 15 UTA (Unidad Tributaria Anual): tramitación sin costo.
- Valor total del Inventario Valorado de los Bienes superior a 15 UTA e inferior o iguales a 45 UTA: hay que pagar 1,6 UTM.
- Valor total del Inventario Valorado de los Bienes superior a 45 UTA: hay que pagar 2,5 UTM.
¿Cuánto demora la tramitación?
¿Qué pasa luego de que la solicitud es aceptada? ¿Qué hay que hacer?
- Declarar y pagar los impuestos de herencia en el Servicio de Impuestos Internos, si corresponde.
- Inscribir los bienes raíces a nombre de los herederos en el Conservador de Bienes Raíces.
- Inscribir los vehículos a nombre de los herederos en el Registro de Vehículos Motorizados.
- Inscribir otros bienes sujetos a registro.
- Cobrar derechos y/o depósitos.
¿Qué pasa si hay un error u omisión en la solicitud?
¿Puede una solicitud no ser aceptada por el Registro Civil?
Algunas causales por las que el Registro Civil podría rechazar una solicitud de posesión efectiva son:
- Si la persona fallecida tiene un testamento inscrito en el Registro Nacional de Testamentos.
- Si ya se concedió una posesión efectiva respecto de la misma persona.
- Si al verificar la correcta identificación del causante, solicitante y todos los herederos, se determina que es necesario hacer previamente alguna rectificación administrativa o judicial.
- Si la identidad del solicitante no corresponde con la cédula de identidad vigente.
- Si no se acompaña la documentación que acredite las deudas en el Inventario Valorado de Bienes. En tal caso, se deberá devolver la solicitud hasta que ésta se acompañe, o excluir dichas deudas si el solicitante así lo decide.
¿Qué es el Registro Nacional de Testamentos?
Leyes que regulan el tema.
- Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del 30 de mayo de 2000 (Ley sobre Registro Civil)
- Ley N° 19.903, sobre el procedimiento para el otorgamiento de la posesión efectiva de la herencia
- Código Civil
- Código de Procedimiento Civil
(Fuente B.C.N lchile) - Material de Apoyo Broptt Institut - Cátedra : Taller Práctico - Curso Asiste Ejecutivo Jurídico
Apoyo complementario
DIFERENCIACIÓN DE LOS DOCUMENTOS NOTARIALES
DOCUMENTO SIMPLE
En este tipo de documento, podemos encontrar desde una carta poder , un mandato especial hasta una autorización de menor de edad.
CONTRATOS
Desde un contrato de prestación de servicios, un contrato de arriendo, trasferencia de véiculos.
ESCRITURA PÚBLICA
Aquí debemos distinguir de acuerdo a su formalidad. Por ejemplo una compraventa de bien raíz debe ser una escritura pública, en este tipo de documentos nos podemos encontrar desde un cese de convivencia hasta una cesión de derechos.
¿Cuál es su diferencia de tramitación?
- Su diferencia radica en que algunos llevan asociados la tradición, la tramitación en un tribunal o ante una entidad respectiva.
- Importante ; ¿Cuándo hablamos de tradición? Es cuando debemos inscribir con posterioridad esa escritura pública, ante el Coservador de Bienes Raíces, para transferir dicho dominio definitivamente al nuevo dueño y esta ´ropiedad quedeé inscrita ante esta entidad. Será la única forma de acreditar fielemente el dominio vigente de esa propiedad.
Descarga de archivo digital - formato de documentos notariales - (mandatos, contratos etc)
¡FELICIDADES!

Tomaste un taller completamente gratuito con el cuál ahora puedes saber la estructura y funcionamiento del sistema.
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